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¡Petro se queda!… hasta el 29 de enero

Así se confirmó después de ratificar su decisión la Procuraduría, solo falta la firma del Presidente de la Republica.

¡Petro se queda!... hasta el 29 de enero¡Petro se queda!… hasta el 29 de enero

La Sala Disciplinaria de la Procuraduría precisó y reafirmó la plena competencia que asiste al Ministerio Público para investigar y juzgar a servidores públicos, incluso los de elección popular, entre los que se encuentra el alcalde mayor de Bogotá, dice en un comunicado la entidad.


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Esa dependencia recordó el contenido del numeral 6 del artículo 277 de la Constitución que así lo indica y las normas sobre competencia establecidas en la Ley 734 de 2002 y el Decreto 262 de 2000, y resaltó que la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-028 de 2006, reafirmó la competencia disciplinaria del Ministerio Público para investigar y juzgar a los servidores públicos elegidos por voto popular, en donde fijó el correcto entendimiento del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Sobre la reposición interpuesta, la Sala analizó todos los argumentos de defensa, tanto del abogado defensor principal como los de la abogada suplente, en el orden establecido en los escritos de reposición, que valga decir, según la Sala, fueron coincidentes los planteamientos expuestos en los descargos y alegatos de conclusión.


De acuerdo a la explicación de la Sala, los 15 años de inhabilidad encuentran su fundamento en que, acreditados el conocimiento de la ilicitud del alcalde y que su cargo pertenece al nivel directivo, daría para imponer la inhabilidad por un término de 12 años; dado que se demostró la realización de una segunda falta a título de dolo, la inhabilidad aumentaría a 14 años, y, sin embargo, como se comprobó un tercer comportamiento, la inhabilidad general fue de 15 años, por cuanto esta falta no fue cometida a título de dolo sino a título de culpa gravísima.

El fallo de reposición también ordenó que a través del procurador general de la Nación se comunicara el contenido de la presente decisión al señor presidente de la República, funcionario competente para la ejecución de la sanción impuesta, conforme lo indican el Decreto 1421 de 1993 y el artículo 172 del Código Disciplinario Único.

Al conocer la decisión de la Procuraduría, Petro convocó a una marcha en Bogotá:

 

Al negar la recusación, el Procurador confirmó que sí podía evaluar el recurso de reposición de Petro para revocar su destitución.

También sostuvo, de acuerdo con El Espectador, que en el caso de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), sus decisiones “no son vinculantes”, es decir que la determinación de ese tribunal no es de obligatorio cumplimiento por parte del Estado.

“Las normas de ese carácter no son vinculantes, no puede ordenar a ningún Estado (…) El Sistema Interamericano es la justicia complementaria, no alternativa”, precisó el Procurador General, al considerar que estas son “eventualidades” que hay que esperar a que se tomen, agrega el periódico bogotano.

Así mismo, que Ordóñez había manifestado su concepto por fuera de la actuación disciplinaria. Por esta razón concluía que estaba impedido “para juzgar con imparcialidad el proceso disciplinario” y que estaba afectada la imparcialidad de sus integrantes, indicó El Tiempo cuando Petro presentó el recurso.

En días anteriores, Marta Isabel Castañeda, viceprocuradora, resolvió en tiempo récord otros recursos presentados por la defensa de Petro, donde la nombran a ella y otros 2 funcionarios de la Procuraduría para que no pudieran estudiar su caso.

De esta manera, la viceprocuradora y los procuradores de la Sala Disciplinaria, Juan Carlos Novoa y Carlos Arturo Ramírez, sí conocerán y hasta podrán tomar una decisión en el recurso de reposición, señaló El Espectador.

En días anteriores, el alcalde de Bogotá pidió que, para evaluar su caso, se designe un procurador ‘ad hoc’, elegido por el Senado entre una terna de candidatos del Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, informó Pulzo.

Gustavo Petro fue destituido e inhabilitado por 15 años el 9 de diciembre del 2013 por su responsabilidad en la mala implementación del nuevo modelo de recolección de basuras, lo que generó caos en la capital durante 3 días de diciembre de 2012.

Nota relacionada: Nuevamente Bogotá se queda sin alcalde, aquí.

Fuente: El Pulzo 

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Sobre el autor

Uriel Ardila

Redactor Vibra.

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